A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Empresa De Energia Del Casanare Enerca Sa Esp·Respondent Morales Geronimo Salomon
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Proceso judicial para cobro de facturas por prestación de servicios públicos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Civil y el Juzgado Segundo Administrativo Oral, ambos del Circuito de Yopal, Casanare.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer un proceso ejecutivo singular adelantado por la Empresa de Energía de Casanare S.A.
E.S.P. en contra de un ciudadano.
Esto con el fin de solicitar que se libre mandamiento ejecutivo en favor de la demandante respecto de un acuerdo de pago por concepto de consumo de energía eléctrica.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte resolvió que el Juzgado Primero Civil del Circuito de Yopal es la autoridad competente para conocer del proceso en cuestión, lo anterior, de conformidad con el artículo 18 de la Ley 689 de 2001, que modificó el artículo 130 de la Ley 142 de 1998, que estableció que los títulos derivados de la prestación de los servicios públicos podrían ser ejecutados ante la jurisdicción ordinaria, siguiendo las reglas del proceso ejecutivo del Código General del Proceso.
Por lo tanto, ordenó remitir el expediente al Juzgado Primero Civil del Circuito de Yopal para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Civil y el Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral, ambos del Circuito de Yopal, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso promovido por Enerca S.A E.S.P en contra del señor Salomón Morales Gerónimo corresponde al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Yopal, y debe reasumir la competencia del referido proceso.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2853 al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Yopal, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Yopal y a los demás interesados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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